La Directiva de Ensayos Clínicos de la Unión Europea ha sido una espina clavada para el sector farmacéutico desde que se implantó. Es por ello que nos preguntamos, ¿cuán cerca estamos de obtener unos ensayos realmente paneuropeos?
Pocos son los que discutirían las metas fundamentales planteadas por la Directiva de Ensayos Clínicos: armonizar requerimientos de buena práctica e información para los fármacos de investigación utilizados en los ensayos clínicos, a la vez que hacer más severa la protección de datos sobre los pacientes. Aun así, y como ocurre muy a menudo, la implementación nacional ha arrojado tantas preguntas como respuestas.
Cinco años después de haber alcanzado la fecha límite para introducir la Directiva 2001/20/EC en la legislación de los Estados Miembros y poner en vigencia las regulaciones necesarias, multitud de discrepancias continúan provocando irritación entorno a ella.
Tampoco deberían ser desestimadas las quejas planteadas acerca de la incapacidad de la Unión Europea de funcionar como un mercado único. Como es sabido, Europa ha estado perdiendo su liderazgo en investigación clínica, ya no sólo respecto a EE.UU., sino respecto a mercados más rentables como Europa Central y Oriental, Asia y América Latina.
En una reunión celebrada en 2007, la Federación Europea de Asociaciones e Industrias Farmacéuticas elaboró un listado de restricciones administrativas y regulatorias que se interponen en el camino a la hora de lograr ensayos clínicos paneuropeos. Al mismo tiempo, la industria biotecnológica también dejó clara su insatisfacción, listando cinco áreas claves que deberían mejorar, entre las que se encontraba el simplificar procedimientos de revisión regulatorios y éticos.
La Comisión Europea no ha ignorado todas estas peticiones y, dentro del paquete de iniciativas legislativas orientadas hacia el sector farmacéutico europeo que elaboró el pasado mes de diciembre, recomendó una revisión a fondo de la implementación de la Directiva a ser presentada en 2010 “con vistas a hacer -si son apropiadas- propuestas legislativas, teniendo en cuenta al mismo tiempo la dimensión global de los ensayos clínicos”.
Siguiendo su propio camino
La Dra. Elaine Godfrey, asesora farmacéutica de la división de ensayos clínicos de la Agencia Regulatoria de Medicamentos y Productos de Atención Sanitaria, afirmó en una reunión reciente llevada a cabo en Londres por el Grupo de Análisis Farmacéutico Conjunto, que los Estados Miembros apoyarán el principio de legislación farmacéutica armonizada siempre y cuando, posteriormente, puedan de forma individual seguir su propio camino.
Precisamente, una preocupación concreta referente a ello y planteada por la Dra. Eva-María Borchert, Gerente Regional de Conformidad y Calidad de I+D para el Norte de Europa en sanofi-aventis, hacía referencia a los requerimientos específicos de cada país en lo que al etiquetado de productos medicinales de investigación se refiere, como es el de insistir en que esos datos específicos deben estar en el idioma oficial del Estado Miembro.
El re-etiquetado de esos productos puede ser especialmente complicado si los laboratorios usan las famosas etiquetas-librito, que incorporan diferentes idiomas, apuntó Borchert en la reunión.
Borchert también mencionó diversas inconsistencias que se plantean en otras áreas cruciales que afectan a los productos medicinales de investigación, tales como la definición, la entrega de los informes de seguridad, que deberían ser más ágiles, y los requerimientos de modificaciones en el protocolo. La opinión del comité ético en los ensayos clínicos multicéntricos también sería un aspecto a mejorar, sugirió.
La evaluación detallada de cómo se han ido implementando las metas de armonización planteadas en la Directiva a las diferentes leyes nacionales vino de la mano de la Dra. Áine Kane, Asociada de Investigación en la sede británica de Pfizer.
La directiva de calidad de productos medicinales de investigación, IMPD-Q, diseñada para armonizar los requerimientos de calidad de los ensayos clínicos en la Unión Europea -adoptada en 2006 por el Comité para Productos Medicinales de Marca Registrada, como se conocía entonces- es un claro ejemplo al respecto, observa Kane. A pesar de que ayudó a clarificar las expectativas y adelantó la armonización de los criterios de calidad para ensayos clínicos dentro de la Unión Europea, la industria ha continuado observando divergencia entre los distintos Estados Miembro. Y las preguntas planteadas por algunas autoridades, incluso en estudios iniciales, reflejan las distintas expectativas en lo que a solicitudes de autorización de marketing se refiere, se queja Kane.
Además, algunas autoridades quieren detalles adicionales más específicos, tales como caracterización de la sustancia activa, lo cual nos lleva a la cuestión principal en la que los informes multicéntricos multinacionales necesitan, pues, ser adaptados a los requerimientos locales.
Con todas estas discrepancias, no es sorprendente que quienes sufran las consecuencias sean los tiempos de revisión. Como puntualiza Kane, la expectativa es que la entrega inicial será evaluada en 60 días como máximo. Sin embargo, un informe publicado el año pasado en Nature Medicine observó que el proceso de aprobación bajo la Directiva estaba utilizando una media de 75 días, muy elevada si la comparamos con los 15 días usados para el mismo ensayo clínico multinacional en los EE.UU.
Estos resultados son los que generan más desilusión, dado que el desarrollo de la directiva IMPD-Q fue basado en la colaboración “abierta y efectiva” entre las agencias regulatorias, la industria y otros interesados, observa Kane. Lo que se necesita, propone ella, es un mayor diálogo entre los distintos reguladores, la adopción total de los diferentes principios directivos y una propuesta más arriesgada a la hora de implementar la Directiva.
“El objetivo final de esta nueva legislación fue el de “convertir a Europa en un lugar más atractivo para que la industria farmacéutica lleve a cabo los distintos ensayos clínicos”, declara Kane. “Si nos basamos en los tiempos de aprobación actuales y en la diversidad de requerimientos que encontramos, éste no es el caso”.
En resumen
· Cinco años después de su implementación, la Directiva de Ensayos Clínicos de la Unión Europea está bajo revisión.
· Mientras que la Directiva 2001/20/EC ha logrado cierto grado de armonización en las condiciones regulatorias para productos medicinales de investigación, también ha suscitado discrepancias significativas de interpretación entre los propios Estados Miembro.
· Estas discrepancias nacionales se han añadido a los problemas administrativos, de tiempo y de coste para las compañías farmacéuticas que tratan de llevar a cabo ensayos clínicos multicéntricos en la Unión Europea.
· La directiva de la EMEA en áreas tales como calidad de los productos medicinales de investigación ha sido útil, pero se ha visto empañada por las demandas de los Estados Miembro en cuanto a información adicional y conformidad con estándares más rigurosos se refiere.
· La industria farmacéutica quisiera ver más diálogo entre las distintas agencias reguladoras en estas áreas, la adopción de principios directivos y una propuesta más arriesgada para la solicitud de ensayos clínicos. El objetivo final es contar con procesos centralizados para la presentación de productos medicinales de investigación, así como también contar con la opinión de un comité ético.
Una visión para el futuro
La visión de la industria farmacéutica para el futuro no es otra que la de contar con un conjunto alineado de expectativas de datos de calidad y Buena Práctica de Elaboración, fundamentado en principios de gestión de riesgo y ciencia y vinculados con la presentación eficiente de ensayos clínicos, proceso de mantenimiento y aprobación, que juntos proveen un entorno atractivo para el desarrollo continuo de medicamentos en Europa.
Ello involucraría, observa Kane, un procedimiento de reconocimiento mutuo o centralizado para informes de productos medicinales semejantes a los sistemas que ya están en vigor para aprobaciones de solicitudes de autorización de marketing. En febrero, el Grupo de Facilitación de Ensayos Clínicos de la Unión Europea, publicó una directiva estableciendo un Procedimiento de Armonización Voluntario (VHP, en inglés) para la evaluación de solicitudes de ensayos clínicos multinacionales, puntualizando que esos estudios representan alrededor del 60% de todos los ensayos llevados a cabo en la Unión Europea.
El procedimiento tendría lugar antes de la fase inicial de la evaluación nacional. La Fase Uno sería un ‘procedimiento previo’ o ‘requerimiento de un paso VHP’, en el cual se ingresaría al sistema VHP un requerimiento de revisión de la solicitud de ensayo clínico planeada. La Fase Dos involucraría a las autoridades regulatorias de los Estados Miembro que revisan la solicitud del ensayo clínico. En la Fase Tres, se presentaría la solicitud formal del ensayo clínico a los Estados Miembro correspondientes.
Para Kane, el VHP podría ser el primer hito en el camino hacia un sistema centralizado de aprobaciones de productos medicinales de investigación y un entorno menos complicado, sin mencionar la reducción en el tiempo, para lograr que los ensayos clínicos multicéntricos “despeguen” de una vez por todas en Europa.